#RNT2022

¿Necesita actualizar su Registro Nacional de Turismo RNT, y aún no lo ha hecho?

¿Ha implementado las Normas Técnicas Sectoriales?

¿Tiene sus estados financieros al día?

¿Pagó sus parafiscales a FONTUR?

No se preocupe, nosotros lo ayudamos, en tres pasos

Es requisito obligatorio renovar el Registro Nacional de turismo.

Artículo 61 de la Ley 300 de 1996, artículo 12 de la Ley 1101 de 2006, Decreto Ley 019 de enero de 2012

Opción A

para establecimientos nuevos sin NTS

Dos pagos de $150.000, al inicio y a la entrega del certificado.

Incluye

Implementación completa de las normas técnicas sectoriales NTS

Actualización FONTUR

Estados Financieros

Asistencia en línea

Matricula Mercantil

Certificado Digital

RNT

No incluye

El pago de potenciales multas, ni la renovación de la matrícula mercantil, ni pago parafiscales.

Opción B

para establecimientos antiguos con NTS

Dos pagos de $75.000, al inicio y a la entrega del certificado.

Incluye

Actualización FONTUR

Estados Financieros

Asistencia en línea y presencial

No Incluye

Implementación completa de las normas técnicas sectoriales NTS

El pago de potenciales multas, ni la renovación de la matrícula mercantil, ni pago parafiscales.

Recibirá en su correo electrónico el enlace para imprimir su RNT
y la implementación de las normas NTS de ser necesario

El tramite en la Cámara de Comercio puede durar hasta 15 días, sin embargo el promedio de respuesta es de 2 días.

Beneficios

Actualización Matricula Mercantil

Eventual descuento por Ley 1780 de 2016

Factura de Pago de RNT

Declaración de Primera Parte NTS-TS 002 / 003 / 005

Certificado parafiscales FONTUR Ley 1106 2006 / 1336 de 2009

Certificado capacidad operativa

Certificado capacidad técnica

Balance General

Estado de Resultados

Código de conducta

Rut DIAN

Actualización Cámara de Comercio

Implementamos las Normas Técnicas Sectoriales NTS

Actualizamos FONTUR

Actualizamos sus Estados Financieros

Entregamos su RNT

Ventajas de la formalización

Los prestadores de servicios turísticos debidamente inscritos en el RNT podrán ser beneficiarios de los incentivos tributarios y fiscales consagrados por la ley. Dentro del grupo de incentivos a los que pueden acceder las empresas del sector turístico que están en el RNT se encuentran:

Acceso a recursos del Fondo Nacional de Turismo (Fontur).

Impuesto de renta preferente del 9% por 20 años para las empresas que construyan establecimientos hoteleros en los municipios con menos de 200.000 habitantes.

Menor cuantía en el pago del impuesto de Industria, Comercio y Avisos (ICA).

Derecho a utilizar las líneas de crédito de Bancoldex.

Participación en programas de ProColombia y el Programa de Transformación Productiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.